Obligaciones de los trabajadores en la NOM 037

Obligaciones de los trabajadores en la NOM 037

Con la llegada y normalización del home office en México, era necesario hacer modificaciones a la Ley Federal del Trabajo para garantizar la seguridad y el bienestar de los empleados. Ya vimos cuáles son las normas que los patrones deben de seguir, pero ¿y las obligaciones de los trabajadores?

A partir del 15 de julio del año actual, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Proyecto de Norma Oficial Mexicana conocido como PROY-NOM-037-STPS-2022.

De acuerdo con lo que dice el documento, su objetivo es “establecer las condiciones de seguridad y salud en el trabajo en los lugares en donde las personas teletrabajadoras realicen sus actividades, a fin de prevenir accidentes y enfermedades, así como promover un medio ambiente seguro y saludable en el entorno en el que prestan sus servicios”.

Pero los patrones no son los únicos que tienen responsabilidades para asegurarse de crear este ambiente seguro, los trabajadores también poseen algunas obligaciones que cumplir, ellas son:

      • Conocer la Política de Teletrabajo que establezca el patrón.
      • Brindar por escrito a la empresa el permiso para que puedan verificar el sitio de trabajo.
      • Informar al patrón de cualquier alteración en las condiciones de seguridad y salud en el trabajo o, en caso de fuerza mayor, que impidan su desarrollo en el espacio acordado.
      • Obedecer y conducirse con apego a las disposiciones en materia de seguridad y salud.
      • Participar en los procesos de información de riesgos relacionados con sus actividades de teletrabajo y de la capacitación que les proporcione el patrón.
      • Cuidar el equipo y materiales que se les brinden en su empresa.
      • Avisar al patrón, en caso de sufrir un accidente en casa o que esté relacionado con su labor.
      • Informar por escrito y con antelación de cualquier cambio de domicilio definitivo o temporal donde realizan sus actividades.

Así mismo, la normativa ofrece un proceso de reversibilidad, el cual permite a los trabajadores regresar a una modalidad presencial y viceversa en caso de que así lo deseen. Sin embargo, los que fueron contratados para trabajar a distancia son los únicos que no podrán hacer válida dicha disposición.

A pesar de su publicación, todavía no existen regulaciones relacionadas con su incumplimiento, no obstante, estas pueden ser respondidas de acuerdo a sanciones generales y multas económicas, además de lo que pueda establecer el contrato del lugar de trabajo.

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