

Experta indica que no es necesario cambiar la normativa, sino tener una norma especial y hacer mediciones en el nuevo entorno de trabajo: el hogar.
El teletrabajo ha generado afectaciones en la salud de los colaboradores, los cuales deben ser regulados con base en la NOM-035; sin embargo, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) indica que ésta no cuenta con los factores necesarios para atender los riesgos psicosociales presentados en el entorno digital.
La NOM-035, según la página oficial del Gobierno de México, establece los elementos para identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial, así como para promover un entorno organizacional favorable en los centros de trabajo.
Se aplica con base en el número de trabajadores y se divide en dos etapas:
Pero el diseño de la misma no contempla situaciones que se dan en el teletrabajo, de modo que sería necesaria una norma especial, indica Cointa Lagunes, directora de Normalización de Seguridad y Salud Laborales de la STPS, de acuerdo con El Economista.
En ese sentido, es necesario identificar las problemáticas que se han originado por el teletrabajo como el síndrome de burnout, el estrés y ansiedad, que por lo general derivan del exceso de trabajo y falta de conciliación entre la vida laboral y familiar.
Como publicamos, el estudio Estrés laboral en México de la Asociación de Internet MX (Aimx) y la plataforma laboral OCCMundial dio a conocer que el 63% de la fuerza laboral mexicana ha sufrido de estrés laboral. Del 100% de la población trabajadora, el 23% lo ha sufrido en los últimos 24 meses; el 47%, lo vive ocasionalmente, y el 30%, pocas veces.