Reforma a la subcontratación, tras su primer blanco: el insourcing

Reforma a la subcontratación, tras su primer blanco: el insourcing

A diferencia del outsourcing, este esquema de trabajo no tiene el plazo de 90 días porque las contrataciones están hechas por una “nominera”. 

Como parte de los cambios que implica la reforma de subcontratación, las empresas ya no podrán contratar usando a una empresa mediadora o mediante outsourcing, además de que las organizaciones con una razón social distinta o un insourcing tienen que comenzar inmediatamente con la regularización.

Estás medidas entraron en vigor desde el viernes pasado, luego de que el presidente Andrés Manuel López Obrador publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto con la reforma, con el objeto de evitar la violación de los derechos de trabajadores y la evasión en el reparto de utilidades e impuestos que las empresas tienen que pagar.

Aunque la reforma prevé un plazo de 90 días a partir de la puesta en marcha del Registro Nacional de Subcontratistas para que las empresas regularicen al personal contratado en el esquema de outsourcing, en el insourcing ese plazo no aplica porque los trabajadores están contratados por una empresa o “nominera” que tiene relación directa con la organización principal sin ningún intermediario.

Puntos clave

Estas medidas conllevan diferentes acciones y, por lo tanto, el impacto es notorio. Para entender estos cambios, estos son los puntos principales de la reforma:

  • Se prohíbe la subcontratación de personal.
  • Se permite la subcontratación de servicios y obras especializadas que no sean parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante.
  • Habrá un registro obligatorio de empresas de subcontratación especializada ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS); esto es previa acreditación de cumplimiento de las obligaciones fiscales y seguridad social.
  • Las empresas que reciban los servicios especializados deberán responder frente a los trabajadores en caso de incumplimiento.
  • A fin de evitar simulación y defraudación fiscal, se homologan los criterios del Código Fiscal y de las leyes del ISR e IVA con la Ley Federal del Trabajo.
  • El reparto de utilidades será de tres meses de sueldo o, en su defecto, el promedio de lo que se recibió en los tres años anteriores. Esta medida se verá reflejada hasta el siguiente año, ya que la fecha de entrega es en mayo y junio, pero se prevé que los cambios a la ley comiencen a aplicarse en agosto. 

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